DECRETO N° 717
LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, ERIGIDA EN COLEGIO ELECTORAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara constitucionales, califica legalmente válidas, y ratifica las elecciones para Concejales a los Ayuntamientos por el régimen de normas de derecho consuetudinario, en los QUINCE MUNICIPIOS que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral declaró la validez de la elección y expidió las constancias de mayoría a favor de los Concejales electos, de los que a continuación se relacionan, quienes desempeñarán sus cargos durante el tiempo que sus tradiciones y prácticas democráticas determinen, mismo que no podrá exceder del 31 de diciembre de 2010.
III DISTRITO ELECTORAL IXTLÁN DE JUÁREZ
MUNICIPIO FECHA DE ASAMBLEA
SAN ANDRÉS SOLAGA 05-AGO-07 Y 19-JUL-08
SAN BALTAZAR YATZACHI EL BAJO 19-JUL-08
SAN JUAN YAEE 23-SEP-07
SAN MELCHOR BETAZA 06-JUL-07
SAN MIGUEL DEL RÍO 24-AGO-08
SAN PEDRO CAJONOS 11-JUN-08
SANTA ANA YARENI 16-AGO-08
SANTIAGO CAMOTLÁN 03-AGO-08
SANTIAGO ZOOCHILA 14-ABR-07
XIII DISTRITO ELECTORAL HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO
SANTIAGO NUNDICHE 03-AGO-08
XIV DISTRITO ELECTORAL SAN PEDRO Y SAN PABLO TEPOSCOLULA
TLACOTEPEC PLUMAS 07-OCT-07
XIX DISTRITO ELECTORAL OCOTLÁN DE MORELOS
SAN MARTIN TILCAJETE 24-MAY-08
SAN MIGUEL MIXTEPEC 26-JUL-08
XX DISTRITO ELECTORAL SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
SANTA MARÍA TEPANTLALI 12-JUL-08
SANTIAGO ATITLÁN 17-AGO-08
T R A N S I T O R I O:
ÚNICO.- El presente Decreto surtirá sus efectos a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 21 de octubre de 2008.
DIP. ANTONIO AMARO CANCINO.
PRESIDENTE.
RÚBRICA.
DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.
SECRETARIO.
RÚBRICA.
DIP. CRISTÓBAL CARMONA MORALES.
SECRETARIO.
RÚBRICA.